Convenio De Prestamo Con La Asociacion Internacional De Fomento (Aif)

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Acuerdos Presidenciales - CONVENIO DE PRÉSTAMO CON LA ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE FOMENTO (AIF) Acuerdo Presidencial No. 285-2002, Aprobado el 21 de Junio del 2002 Publicado en La Gaceta No. 119 del 26 de Junio del 2002 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política ACUERDA Artículo 1.- Autorizar al Señor Carlos Ulvert Sánchez, Embajador de la República de Nicaragua en Estados Unidos de América, para que en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con la Asociación Internacional de Fomento (AIF), Convenio de Préstamo hasta por un monto de veintiséis millones doscientos mil Derechos Especiales de Giro (DEG 26,200.000.00) para financiar el Proyecto de Ordenamiento de la Propiedad en Nicaragua. Artículo 2.- La transcripción de este Acuerdo servirá para acreditar la representación para la firma del precitado Convenio, cuyos términos han sido previamente acordados con la Asociación Internacional de Fomento (AIF). Artículo 3.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad e Managua, Casa Presidencial, a los veintiún días del mes de Junio del año dos mil dos. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua. -