Conferir Plenos Poderes

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Acuerdos Presidenciales - CONFERIR PLENOS PODERES ACUERDO PRESIDENCIAL No. 177-94, Aprobado el 11 de Agosto de 1994 Publicado en La Gaceta No. 175 del 21 de Septiembre de 1994 El Presidente de la República de Nicaragua, en uso de sus facultades, ACUERDA: Artículo 1.- Conferir Plenos Poderes al Embajador de Nicaragua en Canadá Doctor René Sandino Argüello, para que en dicha calidad suscriba en nombre del Gobierno de Nicaragua, en la Secretaría General de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) los siguientes instrumentos internacionales: Convenio sobre la Marcación de Explosivos Plásticos para los Fines de Detección, hecho en Montreal, el 1o. de Marzo de 1991. Protocolo para la Represión de actos Ilícitos de Violencia en los Aeropuertos que prestan servicios a la Aviación Civil Internacional Complementaria del Convenio para la Represión de actos Ilícitos contra la seguridad de la Aviación Civil, hecho en Montreal, el 24 de Febrero de 1988. Artículo 2.- La transcripción de este Acuerdo autoriza al nombrado Embajador Doctor René Sandino Argüello, amplia y suficientemente para proceder de conformidad. Artículo 3.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los once días del mes de Agosto de mil novecientos noventa y cuatro. VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA. -