Concédese Vacaciones A Los Empleados De La Administración Pública

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Laboral y Seguridad Social Rango: Acuerdos Presidenciales - (CONCÉDESE VACACIONES A LOS EMPLEADOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA) No. 706, Aprobado el 17 de Diciembre de 1953 Publicado en la Gaceta No. 292 del 19 de Diciembre de 1953 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, ACUERDA: Primero.- Se concede Vacaciones a los Empleados de la Administración Pública nombrados por el Poder Ejecutivo, desde el 26 de del corriente mes hasta el 3 de Enero próximo, inclusive. Segundo.- Los Jefes Superiores en los Ramos de Relaciones Exteriores, Economía, Hacienda, Fomento, Guerra, Salubridad y dependencias de la Imprenta Nacional, del Distrito Nacional y Municipalidades, dispondrán lo conveniente para el efecto de que no se paralice el movimiento administrativo en todo lo que fuere indispensable. Comuníquese.-Casa Presidencial.-Managua, D. N., 17 de Diciembre de 1953.-SOMOZA.-El Ministro de la Gobernación y Anexos, M. SALMERÓN. -