Autorizar Al Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Anticipo Del Préstamo Transferido Mediante El Convenio De Transferencia De Recursos Del Contrato De Préstamo 1122/sf-Ni, Suscrito Entre Nicaragua Y El Bid

Descarga el documento

Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Acuerdos Presidenciales - (AUTORIZAR AL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, ANTICIPO DEL PRÉSTAMO TRANSFERIDO MEDIANTE EL CONVENIO DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO 1122/SF-NI, SUSCRITO ENTRE NICARAGUA Y EL BID) ACUERDO PRESIDENCIAL No. 69-2014, Aprobada el 31 de Marzo de 2014 Publicado en La Gaceta No. 64 del 3 de Abril de 2014 El Presidente de la República de Nicaragua Comandante Daniel Ortega Saavedra CONSIDERANDO l Que el 20 de enero de 2014 el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y el Banco de Fomento a la Producción (BFP) firmaron el Contrato de Servicios de Administración y Custodia de los Fondos de Crédito del Programa CRISSOL-CAFÉ, dentro del Programa Nacional de Transformación y Desarrollo de la Caficultura (PNTDC), orientado a financiar actividades productivas cafetaleras de pequeños productores, por un monto de U$S 6,900,000.00 provenientes del Contrato de Préstamo No. 1122/SF-NI financiado por el Banco Internacional de Desarrollo (BID) al Gobierno de Nicaragua y transferidos al BFP en calidad de deuda intermediada mediante Convenio de Transferencia suscrito el 26 de abril de 2011 entre el MHCP y el BFP. ll Que el 10 de febrero de 2014 se firmó Adenda No. 2 al Convenio de Transferencia del préstamo BID 1122/SF-NI para que el BFP efectuara transferencia de U$S 6,900,000.00 para capitalizar el Programa CRISSOL-CAFÉ. Esta operación contó con la No objeción del BID y se considera amortización parcial al Convenio de Transferencia del préstamo No. 1122/SF-NI. En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política ACUERDA Artículo 1. Autorizar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectuar cobro anticipado al Banco de Fomento a la Producción (BFP) por un monto de Seis Millones Novecientos Mil Dólares de los Estados Unidos de América (U$S 6,900,000.00) del préstamo transferido mediante Convenio de Transferencia de Recursos y otras obligaciones, derivado del Convenio de Préstamo No. 1122/SF-NI, suscrito entre la República de Nicaragua, por intermedio del MHCP y el BFP el 26 de abril de 2011, lo cual cuenta con la No objeción del BID según carta con referencia CID/CNI/4547/2013 del 4 de noviembre de 2013 enviada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Artículo 2. Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito Público capitalizar el programa CRISSOL-CAFÉ mediante la transferencia de recursos proveniente de cobro anticipado por el monto de Seis Millones Novecientos Mil Dólares de los Estados Unidos de América (U$S 6,900,000.00). Artículo 3. Autorizar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para que suscriba con el Banco de Fomento a la Producción (BFP), el Procedimiento para el manejo del pago anticipado y abonos posteriores de la deuda del BFP al MHCP provenientes del Préstamo BID-1122/SF-NI por un monto de Seis Millones Novecientos Mil Dólares de los Estados Unidos de América (U$S 6,900,000.00) Artículo 4. La certificación de este Acuerdo acreditará la representación del Ministro para que se cumplan las disposiciones de los artículos que anteceden, cuyos términos han sido previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y el Banco de Fomento a la Producción (BFP). Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de su publicación. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día treinta y uno de marzo del año dos mil catorce. Daniel Ortega Saavedra. Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Keller, Secretario Privado para Políticas Nacionales. -