Autorizar Al Embajador De La República De Nicaragua En Los Estados Unidos De América, Para Que En Nombre Y Representación Del Gobierno De La República De Nicaragua, Suscriba Con La International Development Association (Ida), Convenio De Financiamiento No.4527- Ni Y Donación No.h430-0 Ni, Para Financiar El “Proyecto De Agua Y Saneamiento En El Área Metropolitana De Managua” Que Ejecutará La Empresa Nicaragüense De Acueductos Y Alcantarillados Sanitarios (Enacal

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Normas Jurídicas de Nicaragua Rango: Acuerdos Presidenciales - (AUTORIZAR AL EMBAJADOR DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA EN LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, PARA QUE EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, SUSCRIBA CON LA INTERNATIONAL DEVELOPMENT ASSOCIATION (IDA), CONVENIO DE FINANCIAMIENTO NO.4527- NI Y DONACIÓN NO.H430-0 NI, PARA FINANCIAR EL PROYECTO DE AGUA Y SANEAMIENTO EN EL ÁREA METROPOLITANA DE MANAGUA QUE EJECUTARÁ LA EMPRESA NICARAGÜENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS SANITARIOS (ENACAL) ACUERDO PRESIDENCIAL Nº 516-2008, Aprobado el 29 de Diciembre de 2008 Publicado en La Gaceta No. 7 del 13 de Enero de 2009 El Presidente de la República de Nicaragua CONSIDERANDO I Que es prioridad del Gobierno de la República de Nicaragua promover una política de desarrollo y sustentabilidad de la infraestructura de agua y saneamiento, así como la expansión del servicio en las áreas urbanas mediante el fortalecimiento institucional y modernización de ENACAL y el mantenimiento de su operación pública. II Que el Gobierno de la República de Nicaragua ha gestionado con la International Development Association (IDA) financiar la implementación, ejecución y asistencia técnica del Proyecto de Agua y Saneamiento en el Área Metropolitana en Managua, lo que permitirá fortalecer los esfuerzos actuales por aumentar el acceso a servicios confiables de agua y saneamiento de la población que vive en el área metropolitana de Managua beneficiando a unos 106,000 habitantes aproximadamente; a través de las siguientes acciones (i) Rehabilitación de las redes existentes de agua y alcantarillado sanitario; (ii) Ampliación de la cobertura de agua potable y saneamiento; (iii) Aumento de la eficiencia en la prestación y gestión de los servicios, por medio de un soporte técnico a largo plazo después de la construcción o rehabilitación de dichos sistemas que permita probar nuevas tecnologías y metodologías para atender a los diversos segmentos de la población urbana de Managua. En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política ACUERDA Artículo 1. Autorizar al Embajador de la República de Nicaragua en los Estados Unidos de América, para que en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con la International Development Association (IDA), Convenio de Financiamiento No.4527- NI y Donación No.H430-0 NI, por un monto de Veintisiete Millones Especiales de Giros (DEGs 27,000,000.00), equivalente aproximadamente a Cuarenta millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$40,000,000.00) de los cuales DEGs13,500,000.00 son en carácter de donación y DEGs 13,500,000.00 en carácter de préstamo, para financiar el Proyecto de Agua y Saneamiento en el Área Metropolitana de Managua que ejecutará la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados Sanitarios (ENACAL). Artículo 2. La Certificación de este Acuerdo acreditará la representación del Embajador Arturo Cruz Sequeira en la firma del Convenio de Financiamiento referido en el artículo anterior, cuyos términos han sido previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y la International Development Association (IDA). Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, el día veintinueve de Diciembre del año dos mil ocho. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales. -