Autorización (Para Suscribir Préstamo Por 8,250,000.00 Derechos Especiales De Giro)

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Acuerdos Presidenciales - AUTORIZACIÓN (PARA SUSCRIBIR PRÉSTAMO POR 8,250,000.00 DERECHOS ESPECIALES DE GIRO) ACUERDO PRESIDENCIAL No. 19-94, Aprobado el 26 de Enero de 1994 Publicado en La Gaceta No. 41 del 28 de Febrero de 1994 El Presidente de la República de Nicaragua, en uso de sus facultades ACUERDA Artículo 1.- Autorizar al Doctor Humberto Carrión McDonough, Embajador de la República de Nicaragua en Roma, Italia, para que en representación de la República de Nicaragua suscriba con el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA), el Contrato de préstamo por ocho millones doscientos cincuenta mil Derechos Especiales de Giro (DEG 8,250.000.00), para financiar el Proyecto de Capitalización de los Pequeños Productores del Trópico Seco en las Segovias-Región I (TROPISEC). Artículo 2.- Este Acuerdo servirá para acreditar la Representación del Doctor Humberto Carrión McDonough, en nombre de la República de Nicaragua. Artículo 3.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en el Diario Oficial, La Gaceta. Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los veintiséis días del mes de Enero de mil novecientos noventa y cuatro. VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA. -