Autorización (Para Suscribir Convenio De Donación Japonesa)

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Acuerdos Presidenciales - AUTORIZACIÓN (PARA SUSCRIBIR CONVENIO DE DONACIÓN JAPONESA) ACUERDO PRESIDENCIAL No. 144-95, Aprobado el 23 de Junio de 1995 Publicado en La Gaceta No. 121 del 29 de Junio de 1995 El Presidente de la República de Nicaragua, en uso de las facultades que le confiere la Constitución Política, ACUERDA: Artículo 1.- Autorizar al Doctor Roberto Mayorga Cortés, Embajador de Nicaragua en Washington, para que en nombre y representación del Gobierno de Nicaragua pueda suscribir con el Banco Mundial el Convenio de Donación Japonesa TF No. 029203, para el Proyecto de Ordenamiento y Manejo de Tierras y Recursos Naturales (PROTIERRA), hasta por la suma de Y 71,000,000.00 (setenta y un mil millones de Yenes). Artículo 2.- La trascripción de este Acuerdo le servirá en la acreditación de la representación del Señor Embajador para la firma del referido Convenio, cuyos términos y condiciones han sido previamente acordados con el Banco Mundial. Artículo 3.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en el Diario Oficial, La Gaceta. Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los veintitrés días del mes de Junio de mil novecientos noventa y cinco. VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, Presidente de la República de Nicaragua -