Autorización Para Suscribir Contrato De Prèstamo

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Acuerdos Presidenciales - (AUTORIZACIÓN PARA SUSCRIBIR CONTRATO DE PRÈSTAMO) ACUERDO PRESIDENCIAL No. 261-2004, Aprobado el 29 de Julio del 2004 Publicado en La Gaceta No. 160 del 17 de Agosto del 2004 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política ACUERDA Artículo 1.- Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito Público, Doctor Eduardo Montiel Morales, para que en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), Contrato de Recursos de Recuperación Contingente por valor de Ochocientos Mil Dólares (US $ 800,000.00), moneda de los Estados Unidos de América, para financiar la consultaría de la revisión y actualización de los diseños y elaboración de los estudios ambientales para la pavimentación de la Carretera Litoral Sur, de la República de Nicaragua, bajo la ejecución del Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI). Artículo 2.- La certificación del presente Acuerdo servirá para la acreditación de la representación del Ministro en la firma del Contrato relacionado en el artículo anterior, cuyos términos y condiciones han sido previamente acordados con el BCIE. Artículo 3.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el veintinueve de Julio del año dos mil cuatro. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua. -