Autorización Para La Privatización De Instalaciones De Turnica A Favor De La Cámara De Industrias De Nicaragua (Cadín)

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Acuerdos Presidenciales - AUTORIZACIÓN PARA LA PRIVATIZACIÓN DE INSTALACIONES DE TURNICA A FAVOR DE LA CÁMARA DE INDUSTRIAS DE NICARAGUA (CADÍN) ACUERDO PRESIDENCIAL No. 196-95, Aprobado el 21 de Agosto de 1995 Publicado en La Gaceta No. 181 del 28 de Septiembre de 1995 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, CONSIDERANDO I Que es propósito fundamental del Gobierno de la República ir sentando bases para el despegue económico del país. II Que existen una serie de áreas de actividades que han venido siendo ejecutadas por Corporaciones y Empresas de propiedad estatal, siendo el desarrollo y comercialización de este tipo de sectores de la economía más propia de la función empresarial de la iniciativa privada, reservándose el Estado una función normativa y reguladora. III Que el Estado a través de CORNAP, controla y administra bienes entre los cuales se encuentran las instalaciones físicas ocupadas por la Cámara de Industria (CADÍN) contiguo a las instalaciones de la empresa NUEVA TURNICA, localizados de la rotonda de Plaza España 300 metros hacia el sur, las que consisten en edificios, obras de infraestructura y terrenos. IV Que asimismo el Gobierno ha recibido solicitud de los miembros de la CÁMARA DE INDUSTRIAS DE NICARAGUA (CADÍN) para que le sean vendidas dichas instalaciones en las que actualmente funcionan las oficinas de esa institución, habiéndose efectuado acuerdos y compromisos al respecto. V Que la reactivación de la actividad industrial es fundamental para la estabilidad económica y social del país y por ello es necesario impulsar acciones que redunden en el incremento de la eficacia, productividad y beneficios para este sector. Es igualmente preocupación del Gobierno enviar a los inversionistas y a los mercados una clara señal de compromiso en impulsar la reactivación económica y la democratización de la propiedad. VI Ante esta situación y en aras de procurar el beneficio del gremio indicado. POR TANTO En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política, HA DICTADO El siguiente Acuerdo de: AUTORIZACIÓN PARA LA PRIVATIZACIÓN DE INSTALACIONES DE TURNICA A FAVOR DE LA CÁMARA DE INDUSTRIAS DE NICARAGUA (CADÍN) Artículo 1.- Apruébase la propuesta presentada por la Junta General de Corporaciones Nacionales del Sector Público (CORNAP), contenida en la Resolución No. CCXCVIII-3. En consecuencia autorízase la privatización de los bienes del Estado a que hace referencia la mencionada resolución, tomando en cuenta lo dispuesto en los siguientes artículos. Artículo 2.- Se faculta a la Junta General de Corporaciones Nacionales del Sector Público (CORNAP), para que en los términos contenidos en la nominada propuesta lleve a cabo los actos necesarios y conducentes para la legalización de dicho traspaso, efectuando las negociaciones, delegaciones, designaciones y demás actos y trámites necesarios y conducentes para este efecto. Se ratifica lo ya actuado o adelantado al respecto. Artículo 3.- Autorízase desde ahora al Procurador General de Justicia para subsanar omisiones y a comparecer ante Notario Público en cualquier acto a que se refiere el presente Acuerdo, donde se requiera su intervención, a fin de firmar los documentos pertinentes. Artículo 4.- Sirva la Certificación del presente Acuerdo y de la Toma de Posesión del Señor Procurador como suficientes documentos habilitantes para acreditar su representación y celebrar los actos correspondientes. Artículo 5.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en el Diario Oficial, La Gaceta. Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los veintiún días del mes de Agosto de mil novecientos noventa y cinco. VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, Presidente de la República de Nicaragua. -