Autorización A Ministro De Hacienda Y Crédito Público Para Suscribir Contrato De Préstamo

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Acuerdos Presidenciales - (AUTORIZACIÓN A MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA SUSCRIBIR CONTRATO DE PRÉSTAMO) ACUERDO PRESIDENCIAL No. 375-2003. Aprobado el 14 de Octubre del 2003. Publicado en La Gaceta No. 197 del 17 Octubre del 2003. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política, ACUERDA: Artículo 1.- Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito Público, Licenciado Eduardo Montealegre Rivas, para que en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, pueda suscribir con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), Contrato de Préstamo No. 1640 por valor de Tres Millones Novecientos Noventa y Cinco Mil Dólares (US$ 3,995,000.00), moneda de los Estados Unidos de América, conforme a las disposiciones del Fondo Especial para la Transformación Social de Centroamérica (FETS), para financiar el Programa de Desarrollo Económico de la Región Seca de Nicaragua (PRODESEC). Artículo 2.- La transcripción de este Acuerdo servirá para la Acreditación de la representación para la firma del Contrato de Préstamo, cuyos términos y condiciones han sido previamente acordados con el Banco Centroamericano de Integración Económica. Artículo 3.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la Ciudad de Managua, Casa Presidencial, el catorce de Octubre del año dos mil tres.- ENRIQUE BOLAÑOS GEYER.- Presidente de la República de Nicaragua. -