Autoriza Al Ministro De Hacienda Y Crédito Público Suscribir Con El Bcie Contrato De Préstamo No. 1733 Para Financiar Parcialmente Proyecto “Pavimentacion De La Carretera San Ramon – Muy Muy”

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Acuerdos Presidenciales - (AUTORIZA AL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO SUSCRIBIR CON EL BCIE CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 1733 PARA FINANCIAR PARCIALMENTE PROYECTO PAVIMENTACION DE LA CARRETERA SAN RAMON  MUY MUY) ACUERDO PRESIDENCIAL No. 291-2006, Aprobado el 23 de Junio del 2006 Publicado en La Gaceta No. 131 del 06 de Julio del 2006 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA CONSIDERANDO I Que es prioridad del Gobierno de Nicaragua la creación de infraestructura vial que permita reducir costos y disminuir los tiempos de operación vehicular, como contribución al incremento de la competitividad en el marco de la estrategia de crecimiento económico y reducción de pobreza. II Que el Gobierno de Nicaragua ha solicitado al Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) financiar la ejecución del proyecto Pavimentación de la Carretera San Ramón-Muy Muy, para facilitar el desarrollo socio-económico de una zona con alto potencial productivo y con conexión directa a la carretera que nos unirá con la Costa Atlántica. En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política ACUERDA Arto. 1.- Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito Público, para que actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), el Contrato de Préstamo No. 1733 por un monto de Trece Millones Seiscientos Mil Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 13, 600,000.00), para financiar parcialmente la ejecución del proyecto Pavimentación de la Carretera San Ramón-Muy Muy. Arto. 2.- La certificación de este Acuerdo acreditará la representación del Ministro en la firma del Contrato de Préstamo referido en el artículo anterior, cuyos términos han sido previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE). Arto. 3.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el veintitrés de junio del año dos mil seis. Enrique Bolaños Geyer, Presidente de la República de Nicaragua. -