Asignación A Enel De Plantel Estatal

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Propiedad Rango: Acuerdos Presidenciales - ASIGNACIÓN A ENEL DE PLANTEL ESTATAL ACUERDO PRESIDENCIAL No. 230-95, Aprobado el 18 de Septiembre de 1995 Publicado en La Gaceta No. 219 del 21 de Noviembre de 1995 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, CONSIDERANDO I Que es propósito fundamental del Gobierno de la República ir sentando bases para el despegue económico del país. II Que existen una serie de áreas de actividades que han venido siendo ejecutadas por Corporaciones y Empresas de propiedad estatal, siendo el desarrollo y comercialización de este tipo de sectores de la economía más propia de la función empresarial de la iniciativa privada, reservándose el Estado una función normativa y reguladora. III Que la adecuada explotación de estas actividades requiere de su modernización, mediante inversiones para la adopción de nuevas tecnologías, y para la renovación de maquinarias, equipos y accesorios. IV Que es necesario impulsar acciones que redunden en el incremento de la eficiencia y productividad de estos sectores de la economía, entre las que se encuentran las de privatizar los bienes de las distintas empresas estatales dedicadas a la ejecución de tareas más propias del sector empresarial privado. V Que por otra parte, es también preocupación del Gobierno, ir fortaleciendo a Instituciones del Estado que lo requieren, asignándoles para el ejercicio de sus funciones, inmuebles de privatización, con lo que se liberan fondos públicos para la inversión en infraestructuras y programas sociales. POR TANTO En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política, HA DICTADO El siguiente Acuerdo de: ASIGNACIÓN A ENEL DE PLANTEL ESTATAL Artículo 1.- Apruébase la propuesta presentada por la Junta General de Corporaciones Nacionales del Sector Público (CORNAP) en Resolución No. CCCII-10 tomado por dicha Junta en su sesión del día 4 de Agosto del año en curso, para el traspaso mediante dación en pago de un lote de terreno inscrito a nombre de el Estado de la República de Nicaragua y las mejoras existentes en el mismo a la Empresa Nicaragüense de Energía Eléctrica (ENEL) por cuenta de deudas que con dicha Institución tengan las distintas Corporaciones y Empresas Estatales adscritas a la CORNAP. Dicho lote se encuentra ubicado en esta ciudad de Managua, a la altura del kilómetro seis y medio de la carretera Norte, y se encuentra inscrito bajo el número 48,316,Tomo 1,330, Folios 137 y 138 Asiento 5to. , de la Columna de Inscripciones, Sección de Derechos Reales, del Libro de Propiedades, del Registro Público del Departamento de Managua. Artículo 2.- Se faculta a la Junta General de Corporaciones Nacionales del Sector Público (CORNAP), para que lleve a cabo la escrituración de dicho traspaso en los términos contenidos en la mencionada propuesta, ratificando lo ya actuado o adelantado al respecto, tomando en cuenta lo dispuesto en los siguientes artículos. Artículo 3.- Se faculta a la Junta General de CORNAP, para negociar y convenir con la Empresa Nicaragüense de Energía Eléctrica (ENEL) los montos que se deben reconocer a cuenta de las deudas que las distintas Corporaciones Nacionales y/o sus empresas adscritas tengan o lleguen a tener con dicha Institución, así como para efectuar los demás actos y trámites necesarios y conducentes para este efecto. Artículo 4.- Para en caso fuese necesario, autorízase desde ahora al Procurador General de Justicia a comparecer ante Notario Público en cualquier otro acto a que se refiere el presente Acuerdo donde se requiera su intervención, a fin de firmar los documentos pertinentes. Artículo 5.- Sirva la Certificación del presente Acuerdo y de la Toma de Posesión del Señor Procurador como suficiente documento habilitante para acreditar su representación y celebrar los actos correspondientes. Artículo 6.- El presente Acuerdo surtirá sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en el Diario Oficial, La Gaceta. Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los dieciocho días del mes de Septiembre de mil novecientos noventa y cinco. VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO.-Presidente de la República de Nicaragua. -