Apruebase Una Disposiciòn (Instalaciòn De Agua Potable)

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Municipal Rango: Acuerdos Presidenciales - APRUÉBASE UNA DISPOSICIÓN (INSTALACIÓN DE AGUA POTABLE) No. 187; Aprobado el 20 de Febrero de 1957 Publicado en La Gaceta No. 47 del 25 de Febrero de 1957 No. 187 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, ACUERDA: Único: Aprobar en la forma siguiente, la disposición que dice: No. 5. La Corporación Municipal de Rivas, en uso de sus facultades, y CONSIDERANDO: Que el valor de los materiales necesarios para las conexiones del servicio de Agua Potable de esta ciudad, en la actualidad es muy superior a la cuota fijada por el Acuerdo No. 103 de 1 de Septiembre de 1956, y que se hace necesario hacer un reajuste razonable para todas aquellas que se lleven a efecto en lo sucesivo. ACUERDA: 1.- Fijar en Doscientos Córdobas (C$ 200.00) el derecho de conexión del servicio de Agua Potable a domicilio, para todas las propiedades sujetas a la tercera categoría por el citado Acuerdo de 1 de septiembre de 1956, o sean las que tengan un valor de Mil y menos de Diez Mil Córdobas. 2.- Elévese el presente al conocimiento del Supremo Gobierno para su aprobación y demás efectos. Rivas, diez y seis de Febrero de mil novecientos cincuenta y siete.- P. GALLEGOS.- JOSÉ R. AGUILAR.- RUFINO HURTADO G.- G. GARCÍA M., SRIO. COMUNÍQUESE.- Casa Presidencial.- Managua, D.N., 20 de Febrero de 1957.- LUIS A. SOMOZA D.- El Vice-Ministro de la Gobernación, F. FRAC. ROMERO. -