Apruebase Protocolo De Enmienda Al Convenio Sobre Aviación Civil Internacional.

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Acuerdos Presidenciales - APRUEBASE PROTOCOLO DE ENMIENDA AL CONVENIO SOBRE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL Decreto No. 1 de 12 de Marzo de 1971. Publicado en La Gaceta No. 45 de 28 de Febrero de 1973. LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, Acuerda: Primero: Aprobar el Protocolo suscrito en Nueva York, el doce de Marzo de 1971, relativo a una enmienda al Artículo 50, párrafo a) del Convenio sobre Aviación Civil Internacional, hecho en Chicago el siete de Diciembre de 1944, por el que se aumenta a treinta el número de miembros del Consejo de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) y adoptado por la Asamblea de dicha Organización, durante el período de Sesiones Extraordinario, celebrado en Nueva York, el once de Marzo de 1971. Segundo. Someter dicho Protocolo a la aprobación de la Honorable Asamblea Nacional Constituyente. Comuníquese: Casa Presidencial, Managua, Distrito Nacional, veintidós de Febrero de mil novecientos setenta y tres. JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO. - R. MARTÍNEZ L.- F. AGÜERO.- ALFONSO LOVO CORDERO. - Doy fe: Luis Valle Olivares, Secretario. - El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Alejandro Montiel Argüello". -