Acuerdo Para El Cual Se Suprime El Uso De Los Sellos Telegráficos Que Se Hallan En Circulación

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Telecomunicaciones Rango: Acuerdos Presidenciales - ACUERDO PARA EL CUAL SE SUPRIME EL USO DE LOS SELLOS TELEGRÁFICOS QUE SE HALLAN EN CIRCULACIÓN ACUERDO PRESIDENCIAL, Aprobado el 7 de Agosto de 1893 Publicado en La Gaceta No. 60 del 19 de Agosto de 1893 La Junta de Gobierno,Considerando que la fiscalización de las cuentas de los telegrafistas, se hace difícil por el sistema actual del franqueo de telegramas por medio de los sellos que están en uso que da lugar á errores y diferencias; y deseando facilitar el control, rapidez y seguridad pública, acuerda: 1°.- Suprimir el uso de los sellos telegráficos que se hallan en circulación, los que serán recogidos por los Administradores de Correos de la República. 2°.- Dichas especies serán sustituidas por tarjetas especiales de los siguientes valores: Color      blanco azul verde rojo rosa 15 centavos 50  20  30  40  3°.- Las tarjetas se entregarán á la persona que deposite un telegrama, en consonancia con el valor que tenga. Si el mensaje, fuere de C.P. se entregará al interesado, además, otra tarjeta con el valor que haya enterado para ella, la cual le servirá de documento para reclamar si esta no se obtuviere. 4°.- Queda prohibida terminantemente la venta de tarjetas sin recibir el telegrama, para que es dedicada. 5°.- Para la trasmisión de los telegramas habrá tarjetas especiales, cuyo valor será consignado en ellas por el empleado que lo reciba. 6°.- Facúltase á la Dirección General de Correos, Telégrafos y Teléfonos para disponer los detalles y hacer ejecutar el presente decreto. 7°.- Queda abolido el 8% de honorarios que se otorgaba anteriormente á los compradores al por mayor. 8°.- Los telegrafistas de las oficinas principales rendirán fianza de quinientos pesos. 9.- Las cuentas de las oficinas telegráficas, serán examinadas por los Inspectores de su Sección, cada quince días, contando las tarjetas que les remitirá la Dirección General. Managua, 7 de Agosto de 1893  Zelaya  Balladares  Baca, h  Ortiz  El Ministro de Fomento  Gámez. -