Reformas Al Reglamento De La Escuela De Ciencias De La Educación De La Universidad Nacional De Nicaragua

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Educación y Cultura Rango: Acuerdos Ministeriales - REFORMAS AL REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE NICARAGUA Aprobado el 24 de Julio de 1962. Publicado en La Gaceta No. 215 del 21 de Septiembre de 1962. "La Junta Universitaria de la Universidad Nacional de Nicaragua, en uso de la facultades que le confiere el Art. 14 de su Ley Orgánica de 25 de Marzo de 1958, Acuerda: l.- Aprobar las siguientes reformas al Reglamento de la Escuela de Ciencias de la Educación de la Universidad Nacional de Nicaragua: 1- El Art. 39 se leerá de la siguiente manera: "Para ser nombrado Secretario, se requiere: a) Ser mayor de veinticinco años; b) Tener, por lo menos, el Título de Maestro de Educación Primaria; c) No ser alumno de la Escuela".2- El punto 1) del Art. 40 se leerá así: "1) Asistir puntualmente a la Escuela y permanecer en ésta durante las horas de labor, con un horario no interior a 25 horas semanales de trabajo".3- El Art. 54 se leerá así: "Los estudios de la Escuela de Ciencias de la Educación tendrán la duración mínima que se establece en el correspondiente Plan de Estudios". 4- El Art. 60 se leerá así: "En la Escuela de Ciencias de la Educación se optará a los siguientes grados, títulos y diplomas: 1 Director de Escuela Primaria; 2 Inspector de la Escuela Primaria; 3 Profesor de Educación Media; 4 Licenciado en Ciencias de la Educación; 5 Doctor en Ciencias de la Educación.5- El Art. 61 se leerá de la siguiente manera. Para optar a los grados, títulos y diplomas que establece el Artículo anterior deberán cumplirse los requisitos establecidos en el Plan de Estudios. Publíquese en "La Gaceta", Diario Oficial. Dado en la Cuidad de León, a los veinticuatro días del mes de Julio de mil novecientos sesenta y dos, en sesión No. 129 de la Junta Universitaria. Mariano Fiallos Gil, Rector; José H. Montalbán, Vice-Rector; Ernesto López Rivera, Decano de la Facultad de Ciencias Médicas; Salvador Mayorga Orozco. Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales; Carlos Santos B., Decano de la Facultad de Ciencias Física-Matemáticas; Enrique Alvarado Sarria, Decano de la Facultad de Ciencias Químicas; Héctor Vijil Mena, Decano de la Facultad de Odontología; Modesto Armijo Lozano, Responsable del Ministerio de Educación; William Aguilar Bustamante, Representante Estudiantil; Alfonso Urroz Martínez, Secretario General. Es conforme.-Alfonso Urroz Martínez.-Secretario General. -