Reforma Y Avance Científico De La Universidad Nacional De Nicaragua

Descarga el documento

Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Educación y Cultura Rango: Acuerdos Ministeriales - REFORMA Y AVANCE CIENTÍFICO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE NICARAGUA Aprobado 24 de Julio de 1962. Publicado en La Gaceta No. 214 del 20 de Septiembre de 1962. Establecimiento del Sistema de Créditos y Reformas al Plan de Estudios de la Escuela de Ciencias de la Educació "La Junta Universitaria de la Universidad Nacional de Nicaragua, en uso de la facultades que le confiere el Art. 14 de su Ley Orgánica de 25 de Marzo de 1956, Acuerda: l- Aprobar la organización de los curriculums de la Escuela de Ciencias de la Educación de acuerdo con el sistema de créditos, aplicando las regulaciones que a continuación se indican: 1- Los alumnos podrán inscribirse en el número de materias que deseen con las limitaciones siguientes: a) Estar debidamente matriculado; b) Haber aprobado los cursos que se hayan declarado previos a los que desee cursar. c) No sobre-pasar 20 horas semanales en cursos regulares, no 40 en cursos de vacaciones. 2- Cada asignatura deberá ir acompañada del número legal de horas anuales o semestrales que le corresponda, a fin de establecer el número de horas que deberán cumplirse en los cursos regulares y de vacaciones para ser aceptados como créditos. NOTA VER TABLA EN PAGINAS 2134 DE LA GACETA Nos. 234, 235 y 236. 3- Para una mejor identificación de las especialidades y cursos de la Escuela, se adoptará la siguiente clave para sus diversas áreas: 4- Los ramos que integran cada área irán representados por un número árabe que acompañará al símbolo correspondiente. ll- Los exámenes de fin de curso se regirán por las siguientes disposiciones: 1- La promoción de los estudiantes será por asignatura y por curso. 2- Los períodos de exámenes serán los establecidos por el Reglamento General de la Universidad. Para los cursos intensivos de vacaciones serán establecidos períodos especiales. 3- Para ser admitido a examen el estudiante deberá comprobar su asistencia a la asignatura conforme a las normas generales de la Universidad. 4- El alumno aplazado o que no se presente a los exámenes de una asignatura tendrá que inscribirse en ella y ganar la escolaridad nuevamente. 5- El alumno que fuere aplazado más de cuatro veces en una misma asignatura perderá automáticamente el derecho de continuar sus estudios en la Escuela de Ciencias de la Educación.lll- Los aranceles serán los siguientes: a)- Matricula C$ 50.00. b)- colegiatura por cada asignatura, cualquiera sea el número de horas que tenga; C$ 5.00 mensuales. c)- Colegiatura mensual mínima: C$ 20.00, que le da derecho a inscribirse en un máximo de cuatro materias. El alumno podrá inscribirse en menos, si quiere. lV- Modificar de la siguiente manera el Plan de Estudios de la Escuela de Ciencias de la Educación, con las precedencias y los créditos que a continuación se establecen: V- En la Escuela de Ciencias de la Educación se optará a los siguientes grados, títulos y diplomas previo cumplimiento de las exigencias que se indican: 1- Director de Escuela Primaria (Diploma) Podrán obtenerlo los estudiantes que sigan la especialidad de Ciencias Pedagógicas, que hayan cursado y aprobado todas las materias de Formación Cultural (CG), con excepción de Teoría de la Investigación Científica (CG8); todos los ramos de Formación Pedagógica (PG), salvo didáctica Especial (PG.6), y demás: PE-1, PE-2, PE-3, PE-4, Ciencia electiva y veinte horas supervisadas de la Función Directiva. 2- Inspector de la Escuela Primaria (Diploma) Podrán obtenerlo los estudiantes que sigan la especialidad de Ciencias Pedagógicas, que hayan cumplido con las exigencias para obtener el título de Director de Escuela Primaria, más: PE-5, PE-6, PE-7, PE-8, PE-9, PE-10, PE-11, y veinte horas supervisadas de práctica de Supervisión y Seminario. 3- Profesor de Educación Media con mención en& Optarán al grado y título de Profesor de Educación Media en Letras, Matemáticas y Física, Química y Biología, Ciencias Sociales, Ciencias Pedagógicas, o de cualquiera otra especialidad que se establezca en la Escuela de Ciencias de la Educación, previa aprobación de la Honorable Junta Universitaria, los estudiantes que hayan cursado y aprobado: todos los Ramos de Formación Cultural (CG), todos los Ramos de Formación Pedagógica (PG) y todos los ramos establecidos en el Plan de Estudios de la respectiva especialidad. 4- Licenciado en Ciencias de la Educación con mención en& Optarán al grado y título de Licenciado en Ciencias de la Educación con mención en Letras, Matemáticas y Física, Química y Biología, Ciencias Sociales, Ciencias Pedagógicas o de cualquiera otra especialidad que se establezca en la Escuela de Ciencias de la Educación, previa aprobación de la Honorable Junta Universitaria, los estudiantes que hayan obtenido el grado y título de Profesor de Educación Media con mención en la especialidad respectiva, y que además: a)- Aprueben dos seminarios: uno en la especialidad y otro en los Ramos de Formación Pedagógica (PG). b)- Aprueben las materias complementarias al Plan de Estudios que determine el Consejo Técnico de la Escuela, previa aprobación de la Honorable Junta Universitaria. c)- Aprobar el examen de grado correspondiente conforme con las normas que establecerá el Consejo Técnico de la Escuela, previa aprobación de la Honorable Junta Universitaria. 5- Doctor en Ciencias de la Educación con mención en& Podrá optarse al grado y título de Doctor en Ciencias de la Educación con mención en la respectiva especialidad, cumpliendo con los requisitos que establezca el Reglamento General de la Junta Universitaria. Vl- Publíquese en "La Gaceta", Diario Oficial. Dado en la Ciudad de León, a los veinticuatro días del mes de Julio de mil novecientos sesenta y dos, en sesión No. 129 de la Junta Universitaria. Mariano Fiallos Gil, Rector;-José H. Montalbán, Vice-Rector;-Ernesto López Rivera, Decano de la Facultad de Ciencias Médicas;-Salvador Mayorga Orozco, Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales;-Carlos Santos B., Decano de la Facultad de Ciencias Físico-Matemáticas;-Enrique Alvarado Sarria, Decano de la Facultad de Ciencias Químicas;-Hector Vijil Mena, Decano de la Facultad de Odontología;-Modesto Armijo Lozano, Representante del Ministerio de Educación;- William Aguilar Bustamante, Representante estudiantil-Alfonso Urroz Martínez, Secretario General. Es conforme.- Alfonso Urroz Martínez, Secretario General. -