Reforma Al Acuerdo Ministerial No.51-2002 Sobre Integración Del Consejo Técnico O.c.i

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Propiedad Rango: Acuerdos Ministeriales - (REFORMA AL ACUERDO MINISTERIAL No. 51-2002 SOBRE INTEGRACIÓN DEL CONSEJO TÉCNICO O.C.I) ACUERDO MINISTERIAL No. 15-2005, Aprobado el 10 de Mayo del 2005 Publicado en La Gaceta No. 97 del 20 de Mayo del 2005. EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA CONSIDERANDO I Que mediante Acuerdo Ministerial No. 51-2002 del veintiséis de noviembre del año dos mil dos y acorde a lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto No. 51-92 "Creación de la Oficina de Cuantificación de Indemnizaciones hoy denominada "Dirección de Cuantificación e Indemnización", entre otras cosas se integró el Consejo Técnico de esa instancia administrativa y se nombró a sus miembros. II Que mediante Acuerdo Ministerial No. 34-2004 del doce de octubre de dos mil cuatro se reformó el Acuerdo Ministerial No. 51-2002 por lo que hace a los miembros del Consejo Técnico; y que actualmente resulta necesario modificar nuevamente la integración del Consejo debido al cese en sus cargos de algunos de los funcionarios que lo integran. POR TANTO En uso de las facultades que le confiere el Arto. 21 de la Ley 290 Ley de Organización, competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo, en el Arto. 319 del Reglamento de dicha Ley y el Arto. 12 del Decreto 51-92. ACUERDA PRIMERO: Reformar el Numeral Segundo del Acuerdo Ministerial No. 51-2002, el cual se leerá así: SEGUNDO: El Consejo Técnico de la Dirección de Cuantificación e Indemnización (D.C.I.) estará integrado por el Director de Catastro Fiscal de la Dirección General, de Ingresos, quien lo presidirá; el Tesorero General de la República; y el Director de Contabilidad Gubernamental, quienes se acreditarán presentando certificación de sus respectivos nombramiento. SEGUNDO: Dejar sin efecto el Numeral Segundo del Acuerdo Ministerial No. 34-2004 del doce de octubre de dos mil cuatro. TERCERO: El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de esta fecha, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, a los diez días del mes de mayo del año dos mil cinco. Mario Arana Sevilla, Ministro de Hacienda y Crédito Público. -