Prórroga De Exoneración De Expatriados

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Acuerdos Ministeriales - (PRÓRROGA DE EXONERACIÓN DE EXPATRIADOS) ACUERDO MINISTERIAL No. 7-91, Aprobado el 04 de Febrero de 1991 Publicado en La Gaceta No. 44 del 05 de Marzo de 1991 EL MINISTRO DE FINANZAS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, En uso de sus facultades, Acuerda: Primero.- Prorrógase hasta el 31 de Diciembre del año en curso, los beneficios establecidos en el Acuerdo Ministerial No. 26-B del veintitrés de Julio de mil novecientos noventa, denominado "EXONERACION A NICARAGUENSES REPATRIADOS". Segundo.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su publicación por cualquier medio de comunicación colectiva, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los cuatro días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y uno. - Emilio Pereira Alegría, Ministro de Finanzas. -