“Modifica Tasa”

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Acuerdos Ministeriales - MODIFICA TASA Acuerdo Ministerial No. 56 , Aprobado el 22 de diciembre de 1988 Publicado en La Gaceta No. 36 del 20 de febrero de 1989 El Ministerio de Finanzas, en base a las facultades, conferidas en el Arto. 1 del Decreto No. 339 publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 81 del 2 de Mayo de 1988. ACUERDA: Primero : Modificar la tasa establecida en el Arto. 25 de la Legislación Tributaria Común (Decreto No. 713 publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 146 del 30 de Junio de 1962) y sus reformas, la que no excederá del cinco por ciento (5% ) sobre la. tasa activa mensual bancaria establecida por las instituciones del Sistema Financiero Nacional, para los créditos comerciales. Segundo: El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación por cualquier medio de comunicación colectiva, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, a los veintidós días del mes de Diciembre de mil novecientos ochenta y ocho. - William Huper Argüello, Ministro de Finanzas. -