“Modifica El Impuesto Sobre La Renta”

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Tributario Rango: Acuerdos Ministeriales - MODIFICA EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Acuerdo No. 31 , Aprobado el 15 de mayo de 1989 Publicado en La Gaceta No 114 del 16 de junio de 1989 Acuerdo Ministerial No. 31 El Ministerio de Finanzas en base a las facultades establecidas en el Arto. 3 del Decreto No. 1554, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 5 del 7 de Enero de 1985. Acuerda: Primero : Modificar el monto de la deducción personal de la Renta Neta, hasta por la cantidad de C$ 3,195,000.00 (Tres millones ciento noventa y cinco mil Córdobas Neto), para todas las personas naturales residentes en el país, a que se refiera el Arto. 20 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (I.R.). Segundo : Modificar a C$ 3,195,000.00 (Tres millones ciento noventa y cinco mil córdobas Netos), el monto a que se refiere el párrafo 1 del Arto. 26 de la Ley del impuesto Sobre la Renta (I.R.), en cuanto a l a obligación, que tienen las personas naturale s, cuya renta bruta exceda de C$ 3,195,000.00 (Tres millones ciento noventa y cinco mil Córdobas Netos), a presentar decla ración de sus rentas obtenidas durante el año gravable. Tercero: Los montos modificados mediane el presente Acuerdo Mlnisterial, serán par a el período fiscal 1988/1989. Dado en la ciudad de Managua, a los quinc e días del mes de Mayo de mil novecientos ochenta y nueve. - Silvio Vargas Guzmán, Vice-Ministro de Finanzas. -