Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Acuerdos Ministeriales
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(AUTORIZACIÓN PARA INCORPORAR Y
REGISTRAR DEUDA PÚBLICA INTERNA DE LA REPÚBLICA)
ACUERDO MINISTERIAL No. 19-2005, Aprobado el 2 de Junio del
2005.
Publicado en La Gaceta No. 129 del 5 de Julio del 2005.
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
CONSIDERANDO
l
Que conforme acta de reunión realizada en la ciudad de Managua,
República de Nicaragua, de las diez de la mañana del dos de
noviembre de dos mil cuatro, reunidos en la sala de conferencias
del lV piso del Ministerio de Hacienda y Crédito Público los
Señores: Doctor LUIS EDUARDO MONTIEL, Ministro de Hacienda y
Crédito Público; Ing. FRANK KELLY, Presidente del ENEL; Ing.
HUMBERTO SALVO, Gerente General de ENTRESA; Ing. JOSÉ
LEY, Director de Negocios de DISNORTE Y DISSUR; ante la
presencia del Ing. RAÚL SOLÓRZANO, Presidente de la comisión
Nacional de Energía (CNE); convinieron: El Gobierno de Nicaragua
se compromete a la cancelación de sus adeudos DISNORTE y DISSUR
conforme los procedimientos y en los montos establecidos en el Plan
de Pagos del Gobierno de Nicaragua a DISNORTE y DISSUR (Anexo No. 1
del acta de reunión).
ll
Que de acuerdo a la referida acta de firmada por el, Dr. Luis
Eduardo Montiel, en su calidad de Ministro de Hacienda y Crédito
Público, existe un compromiso pendiente de pago por parte del
Ministerio de Hacienda y Crédito Público conforme Plan de pago del
Gobierno de Nicaragua (Anexo No. 1 del acta de reunión) a la
Distribuidora de Electricidad del Norte, S.A., (DISNORTE) y
Distribuidora de Electricidad del Sur, S.A., (DISSUR) por los
siguientes conceptos: Trasiego Internacional por la cantidad de
VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CIEN CÓRDOBAS
EXACTOS (C$ 24,539,100.00); y subsidio a Jubilados por la cantidad
de TRECE MILLONES CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA
CÓRDOBAS EXACTOS (C$ 13,139,840.00).
Que conforme con la Ley No. 518 Ley Anual de Presupuesto General
de la República 2005, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No.
24 el 3 de febrero de 2005, existe en la partida de Sentencias
Judiciales y otras Deudas Contingentes, en el renglón de
amortización de la deuda publica interna, el crédito presupuestario
para pagar las referidas deudas en concepto de Trasiego
Internacional y Subsidios a Jubilados.
lV
Que el Comité Interno de Operaciones Financieras (CIOF) del
Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en Acta No. 34 de las
diez de la mañana del treinta de mayo de dos mil cinco, por
unanimidad de votos aprobó: Que se registre e incorpore como Deuda
Pública Interna la obligación que consta en el acta y anexo citado.
Que se proceda la cancelación de dicha obligación de conformidad
con las Leyes y Reglamentos pertinentes.
Que para proceder a dicha cancelación la tesorería General de la
república solicite a las empresas DISNORTE y DISSUR el detalle de
los pagos que deberán efectuarse a dichas empresas por los
conceptos de Trasiego Internacional y Subsidio a Jubilados. Que el
acta del dos de noviembre de dos mil cuatro y sus anexos,
relacionadas anteriormente, formen parte integrante de la presente
acta.
V
Que con fecha de primero de junio de 2005 el Director de Negocios
de DISNORTE-DISSUR solicito que los pagos en concepto de Trasiego
Internacional y Subsidios a Jubilados sea realizados a DISNORTE y
DISSUR en partes iguales.
POR TANTO
En uso de las facultades que le confieren el artículo 21 de la Ley
No. 290 Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del
Poder Ejecutivo, publicada en La Gaceta, Diario Oficial, No. 102
del 3 de junio de 1998; el artículo 96 numeral 2 del Decreto No.
118-2001 Reformas e Incorporaciones al Reglamento de la Ley No.
290 publicado en La Gaceta, Diario Oficial, Nos. 1y2 del 2 y 3 de
enero de 2002; la Ley No. 477 Ley general de Deuda Pública,
publicada en La Gaceta Diario Oficial No. 236 del 12 de diciembre
del 2003; y su Decreto 02-2004 Reglamento de la Ley No. 477, Ley
General de Deuda Pública, publicado en La Gaceta Diario Oficial
No. 21 del 30 de enero del 2004.
ACUERDA
PRIMERO: Autorizar a la Dirección general de Crédito Público
para que incorpore y registre como Deuda Pública Interna de la
República de Nicaragua, en partes iguales, a favor de las
Distribuidora de Electricidad del Norte, S.A., (DISNORTE) y
Distribuidora de Electricidad del Sur (DISSUR) las siguientes
cantidades y conceptos: Trasiego Internacional, la cantidad de
VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CIEN CÓRDOBAS
EXACTOS (C$ 24,539,100.00); y por Subsidio a Jubilados la cantidad
de TRECE MILLONES CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA
CÓRDOBAS EXACTOS (C$ 13,139,840.00).
SEGUNDO: Autorizar a la Dirección General de Contabilidad
Gubernamental proceder con los correspondientes registros
contables, conforme Ley y Procedimientos vigentes, tomando en
cuenta el acuerda primero y los considerando del presente
acuerdo.
TERCERO: Autorizar a la Dirección general de Presupuesto
garantizar la disponibilidad presupuestaria conforme el crédito
presupuestario descrito en el considerando tercero.
CUARTO: Autorizar a la Tesorería General de la República del
Ministerio de Hacienda y Crédito Público, pagar en partes iguales a
las Distribuidora de Electricidad del Norte, S.A., (DISNORTE), y
Distribuidora de Electricidad del Sur, S.A., (DISSUR) en concepto
de Trasiego Internacional, la cantidad de VEINTICUATRO MILLONES
QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CIEN CÓRDOBAS EXACTOS (C$
24,539,100.00); y por Subsidio a Jubilados la cantidad de TRECE
MILLONES CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA CÓRDOBAS
EXACTOS (C$ 13,139,840.00).
QUINTO: El presente Acuerdo Ministerial entra en vigencia a
partir de esta fecha, sin perjuicio de su posterior publicación en
el Diario Oficial La Gaceta.
Dado en la ciudad de Managua, a los dos días del mes de junio del
año dos mil cinco. MARIO ARANA SEVILLA, Ministro de hacienda
y Crédito Público.
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