Apruébase Resolución Del Comité Coordinador De La Industria Láctea Sobre Precio De Galón De Leche

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Empresa Industria y Comercio Rango: Acuerdos Ministeriales - APRUÉBASE RESOLUCIÓN DEL COMITÉ COORDINADOR DE LA INDUSTRIA LÁCTEA SOBRE PRECIO DE GALÓN DE LECHE ACUERDO No 18-V, Aprobado el 28 de mayo de 1971 Publicado en La Gaceta No. 120 del 01 de junio de 1971 El Ministerio de Economía, Industria y Comercio, En uso de las facultades que le confieren el párrafo 20 del Arto. 10 del Decreto Legislativo No 723 y el Arto. 7 del Decreto No 13 del 22 de Febrero de 1968, ACUERDA: Artículo 1º.- Aprobar lo resuelto por el Comité Coordinador de la Industria Láctea, en el Punto 30 de la Sesión del 26 de Mayo del corriente año, mediante la cual se fijó el precio de Leche para uso industrial en beneficio del Productor, en la suma de DOS CÓRDOBAS CON TREINTA CENTAVOS (C$ 2.30) por galón, en lugar de DOS CORDOBAS NETOS (C$ 2.00), por un período comprendido entre el 1 de Junio y el 30 de Noviembre del año en curso; sin que esta alza de precio en beneficio del Productor, en ningún caso pueda considerarse como base para aumentar el precio de la leche al público consumidor. Artículo 2º.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha y deberá publicarse en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en Managua, Distrito Nacional, a los veintiocho días del mes de Mayo de mil novecientos setenta y uno. - JUAN JOSÉ MARTÍNEZ L., Ministro de Economía, Industria y Comercio. - Rodolfo Sánchez Román, Oficial Mayor, a. i. -