Acuerdo Del Director General De Correos, Telégrafos Y Teléfonos

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Telecomunicaciones Rango: Acuerdos Ministeriales - ACUERDO DEL DIRECTOR GENERAL DE CORREOS, TELÉGRAFOS Y TELÉFONOS Aprobado el 12 de Abril de 1897 Publicado en La Gaceta No. 210 del 15 de Abril de 1897 El Presidente del Estado acuerda: aprobar la disposición que dice: El Director General de Correos, Telégrafos y Teléfonos, considerando: que el acuerdo ejecutivo de 9 de Julio del año anterior, al fijar la responsabilidad pecuniaria de los Oficiales de Certificados, en las Administraciones de Correos, no establece las obligaciones de éstos en cuanto á detalles disciplinarios del servicio, en uso de sus facultades, acuerda: Art. 1.- Los Oficiales de Certificados en su calidad de auxiliares, estarán sujetos, en cuanto al régimen y detalles del servicio, á lo que, de acuerdo con las instrucciones de este Centro, establezcan los Administradores de Correos, sin perjuicio de las obligaciones que á ambos empleados les señala la disposición ejecutiva ya citada. Art. 2.- Elévese el presente al conocimiento del Gobierno para su aprobación - Comuníquese - Managua, 8 de Abril de 1897 - Telémaco Castillo." Comuníquese - Managua, 12 de Abril de 1897 - Zelaya - El Ministro de Fomento, por la ley - Muñoz. -